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Créditos para MiPymes de la ZONA SUR de hasta $ 75.000
 al 8% Anual

Septiembre, 2003 - Fuente: GCBA

Con el objetivo de incentivar el desarrollo de proyectos productivos en la ZONA SUR de Ciudad, el gobierno porteño ha establecido condiciones diferenciales para el otorgamiento de préstamos destinados al desarrollo de proyectos en el área mencionada.

Las micro, pequeñas y medianas empresas que presenten proyectos a desarrollarse en la ZONA SUR de la Ciudad de Buenos Aires podrán acceder a créditos de hasta $ 75.000 a una tasa del 8% anual fija.

Se entiende por “ZONA SUR” la poligonal delimitada por Av. San Juan, Av. Directorio, Av. General Paz, Riachuelo, Avenida Don Pedro de Mendoza y Alicia Moreau de Justo.

La Secretaría de Desarrollo Económico del GCBA, a través de la Dirección General de Industria y Comercio, había dispuesto hace unos meses una línea de créditos en el marco del Programa de Apoyo a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PROMIPYME) “Capital PyMEs 10%” de hasta $ 50.000 al 10% anual fijo.

Las empresas interesadas en acceder a los préstamos deberán presentar proyectos que contemplen, entre sus objetivos, el incremento de la capacidad productiva, la reestructuración y la reconversión empresarial, la recomposición del capital de trabajo, la adquisición de maquinaria y equipos, la adquisición de inmuebles para localización de la producción y otras inversiones que permitan la mejora de procesos, productos, innovación tecnológica y rediseño de la unidad productiva.

Podrán participar las empresas que desarrollen actividades en los sectores de la industria, el comercio o los servicios en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires y que se encuadren dentro de la clasificación de PyME que se deriva de la Res. SEPyME N° 24/2001 y sus modificatorias. Se entenderá por empresas que desarrollan actividades productivas en el territorio de la CBA a aquellas que tengan tanto su domicilio legal como su administración real en la Ciudad, y que además desarrollen la totalidad de las acciones que serán objeto del subsidio en el territorio antedicho.

Podrán presentarse empresas legalmente constituidas, las que deberán dar cumplimiento a los requisitos establecidos en los Formularios de Presentación de Proyectos que obran a los efectos del Programa. Serán especialmente considerados aquellos proyectos con mayor potencial en la generación de valor agregado, creación de puestos de trabajo, sustitución de importaciones e incremento de las exportaciones.

El componente destinado a financiar el gasto en personal propio o contratado no podrá exceder el 30% del costo total del proyecto. En el caso particular de empresas de software puede computarse el 100% por este concepto. Asimismo, el monto total del préstamo no podrá superar el 70% del valor total del proyecto. El resto deberá ser aportado por la empresa beneficiaria, para lo cual podrá computar los montos correspondientes a inversiones físicas, inversiones en bienes intangibles, desarrollo de canales de exportación, entre otros.

Para más información visitar www.mercadoba.gov.ar, llamar al 4323-9833 o escribir a [email protected]


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