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Miércoles, 21 de Junio de 2006

Evaluación de la Corte de los reclamos presentados por los vecinos del Riachuelo

La demanda por la contaminación de la cuenca de Matanza-Riachuelo fue presentada hace dos años y permanecía dormida, pero fue reflotada hace dos meses por la Corte, en coincidencia con la notoriedad que cobró el tema ambiental por el conflicto de las papeleras con Uruguay.

Evaluación de la Corte de los reclamos presentados por los vecinos del Riachuelo

Uno de los reclamos de los vecinos fue la indemnización por los daños individuales sufridos por cada uno de ellos, para reparar los gastos por tratamientos médicos, daño moral y psíquico y la nueva radicación de las familias. En total, pidieron 5,2 millones de pesos. La Corte, consciente de que este reclamo podría sumergirla en una infinidad de causas y de trámites probatorios, encontró un argumento técnico para deshacerse del pedido: se declaró incompetente.

En cambio, la Corte sí se declaró competente para estudiar el daño colectivo: es decir, la parte del reclamo que solicita que se recomponga el medio ambiente y se realicen obras de saneamiento. "Tiene una prioridad absoluta la prevención del daño futuro, ya que se trata de actos que seguirán produciendo contaminación. En segundo lugar, debe perseguirse la recomposición de la polución ambiental y, finalmente, para el supuesto de daños irreversibles, el resarcimiento", dice el tribunal.

Y, a partir de allí, la Corte ordena que las partes presenten varios informes. Las empresas demandadas deberán informar, en el plazo de 30 días, sobre los líquidos que arrojan al río, su volumen y cantidad; si tienen sistemas de tratamientos de residuos y si tienen seguros contratados, conforme con lo que les ordena la ley 25.675, de política ambiental.

Por su parte, los gobiernos nacional, porteño y de la provincia de Buenos Aires deberán presentar un "plan integrado", basado sobre el principio de progresividad, es decir, que los objetivos de mejora deberán ser logrados en forma paulatina. Ese plan deberá tener un ordenamiento ambiental del territorio, el control que tiene el Estado sobre las actividades industriales y deberá incluir el estudio de impacto ambiental de las 44 empresas.

La Corte, por ahora, no se pronunció sobre el pedido de los vecinos para que se cree un Fondo Común de Recomposición, al que deberían aportar los tres gobiernos, para solventar los gastos de saneamiento. El tribunal no quiso, por el momento, crear un fondo de difícil control. Además, nadie puede sostener que los estados o las empresas, que deben contar con seguros, vayan a insolventarse.

También ordena la Corte que los vecinos de esa zona puedan tener acceso a esa misma información y que el Estado desarrolle un programa de educación ambiental.

VillaLugano.com.ar

Fuente: Diario La Nación

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